La conciliación familiar es cada vez más necesaria, en un contexto en el que las madres tienen que incorporarse a sus puestos de trabajo sin sentir aún que sea el momento.
Aunque es cierto que el teletrabajo ha facilitado mucho el hecho de ser madre y padre, los bebés necesitan de mucha atención sobre todo durante los primeros meses de vida. Es por eso que las bajas maternales y paternales son cruciales. No obstante a muchas madres y padres se les hace corto el periodo de baja y prefieren acogerse a una reducción de jornada para atender mejor a sus bebés y estar más presentes en el proceso de crianza.
Esto evita tener que recurrir demasiado a cuidadoras y cuidadores externos a la familia o a servicios como pueden ser los del comedor escolar y optar a una mejor conciliación.
La conciliación en nuestros días
La sociedad está concienciándose con la importancia de la conciliación familiar y es por eso que Castilla y León ha anunciado la convocatoria, a través de la Gerencia de Servicios Sociales, de las subvenciones que destina a la conciliación de la vida personal, laboral y familiar.
En este caso serán desde 600.000 euros los que se destinarán a esta materia, pudiendo extenderse la cifra hasta los 2.000.000 dependiendo de las necesidades y solicitudes que se presenten.
Estas ayudas están destinadas a cubrir los periodos de excedencia y reducciones de jornada laboral a los que se acogen algunas madres y padres para atender a sus bebés y estar más presentes para sus familias, sobre todo en los primeros meses o años de vida de sus hijos.
Quiénes pueden optar a estas ayudas
Muchas personas en esta situación se estarán preguntando si reúnen los requisitos para recibir estas ayudas. Los Servicios Sociales han detallado que podrán ser beneficiarias de esta ayuda las “personas trabajadoras que hayan iniciado el derecho de reducción de jornada o de excedencia entre el 1 de agosto de 2022 y el 31 de diciembre de 2023”.
Además de esto, tendrán que cumplir con los requisitos para optar a estas ayudas a la conciliación, al igual que sucede con otras ayudas y subvenciones.
Cuantías de las ayudas a la conciliación
En cuanto a las cuantías que se ofrecen a los beneficiarios a través de estas ayudas y según datos de la página web oficial de la Junta de Castilla y León, serán “1.500 € por el ejercicio del derecho de reducción de jornada siempre que se realice sobre una jornada a tiempo completo durante un período de seis meses.”
En el caso de ser familias numerosas o monoparentales o “familias en situación de acogimiento permanente o guarda con fines de adopción del/la menor que motiva la reducción, así como para el primer solicitante cuando se trate de reducción de jornada compartida ejercida por los dos progenitores, adoptantes o acogedores, para el cuidado de hijo o hija menor de doce años a que se refiere el resuelvo Tercero 1 a) de esta convocatoria, la cuantía de la subvención se incrementará en un importe de 1.000 €.”
Requisitos optar a ayudas a la conciliación
Los requisitos que detalla la Junta como necesarios para poder optar a estas ayudas a la conciliación, son los siguientes:
- Tener residencia legal en España y disponer de documento acreditativo en vigor (DNI, TIE).
- Estar empadronadas y residir en algún municipio de Castilla y León al menos desde 1 año antes de la publicación de la convocatoria.
- Haber permanecido en alta como trabajador/a por cuenta ajena hasta la fecha de inicio de la reducción de jornada. No podrán ser beneficiarios/as de esta subvención las personas trabajadoras autónomas por no tener reconocido el derecho a la reducción de jornada laboral según la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajador Autónomo.
- Que el nivel anual de rentas del/la solicitante y de su cónyuge, o de la persona con relación de afectividad análoga a la conyugal, en los términos definidos en el impuesto sobre la renta de las personas físicas y en el período impositivo del año 2022, no supere los treinta y cinco mil euros (35.000 €) El límite de renta se reducirá al 50% (17.500 €) en el caso de que no exista cónyuge o pareja de la persona solicitante.