La placa de vado permanente es probablemente una de las señales de tráfico más odiadas por los conductores. Es una imagen recurrente en los momentos de nerviosismo de toda persona cuando está buscando un sitio para aparcar en zonas urbanas. Al mismo tiempo, es la tabla de salvación de todo propietario a la hora de la gestión del paso en su inmueble.
Todos sabemos que, cuando vemos una puerta de acceso de vehículos en la calle, es porque ésta da acceso a un garaje comunitario o a una vivienda unifamiliar. Su imagen es clara: un círculo de prohibido aparcar, unido a las letras “vado permanente”. En ese espacio no se puede aparcar ningún coche. En este artículo vamos a desgranar todo lo que tienes que saber sobre esta señal.
¿Qué es?
Un vado permanente (señal R-308) es una autorización que realiza el ayuntamiento correspondiente con el objeto de reservar un espacio de la vía pública. Con un pago previo de una tasa, se garantiza a los propietarios el acceso a sus garajes sin importar que estén en vía pública, con el objetivo de permitir la entrada y salida de vehículos desde un inmueble edificado o sin edificar. Generalmente, esta operación implica algún cambio en la acera, cuyo coste debe asumir el propietario del inmueble.
Pero un vado no implica la reserva de una plaza de parking en la calle. Cuando la policía o la grúa municipal divisan un vehículo delante de un vado pueden proceder a su retirada, con la correspondiente multa para el titular del mismo. Igualmente, ni siquiera el propietario de un vado puede dejar su propio vehículo delante de la señal, porque el cartel del vado no indica quién es el dueño del coche. La multa que enfrentará el propietario del coche será de 200 euros más el coste de la grúa que haya hecho el transporte del coche.
¿Cómo saber si un vado es legal?
Para que un vado sea legal debe, además de contar con la señal correspondiente, debe cumplir con los requerimientos de homologación. Tener el número de licencia, presentar el título de vado, así como el horario (permanente o una franja), son los requisitos. A eso le podemos añadir el sello del ayuntamiento en particular, su escudo y la indicación R-308 que prohíbe aparcar.
Y para saber si un vado está vigente, tendremos que mirar en la propia señal de vado, porque ahí se informa del período de validez del permiso. En algunas puede que no figure, por lo que no queda otra opción que la consulta al ayuntamiento. Hay que tener en cuenta que los vados tienen una caducidad anual, un derecho que puede continuar vigente con la respectiva renovación por parte del propietario.
Una pregunta habitual es la de si se puede aparcar en un garaje sin vado. Y la respuesta es que legalmente se puede, pero la jurisprudencia se pone de lado del propietario de la entrada o salida de vehículos, por el “Reglamento General de Circulación”.
¿Cuánto espacio delimita un vado?
Habitualmente un vado permite el ancho de la puerta más de 50 cm por ambos lados, para facilitar la maniobra de acceso y salida. En algunas ocasiones, como puede suceder en polígonos industriales o viviendas unifamiliares con entradas y salidas poco definidas, podría darse la duda de cuánto espacio libre de aparcamiento concede el vado. Para eso, primero observar el rebajado continuo de la acera. Segundo, comprobar si cuenta con una línea amarilla que prohíba el aparcamiento. Y tercero, ver el tamaño del acceso, considerando que el derecho de entrada y salida prima sobre cualquier otra cosa.
¿Cuánto se paga por la señal de Vado?
El Vado Permanente es una licencia temporal y la gestionan los ayuntamientos de cada localidad. La placa en sí suele tener un coste aproximado de 10 euros y existe una renovación anual por parte del dueño del inmueble, cuyo importe a pagar vendrá determinado igualmente por cada ayuntamiento. Añadir que si hubiera que hacer alguna modificación de la acera, de la misma manera, el coste correría a cargo del solicitante.
Dependiendo de muchos factores el precio del vado puede oscilar entre 50 euros por una plaza y 2.500 euros para una garaje de 15 plazas. Esta cantidad se abona una vez al año.
¿Quién y cómo se solicita un Vado?
Cualquier persona propietaria de un inmueble puede colocar esta señal, ya sea particular o para servicios, como un taller. Del mismo modo, la solicitud también puede venir de toda obra que requiera el paso de algún vehículo. En tal caso, la solicitud tendría que ser hecha por el dueño de la construcción. Dado que es una autorización municipal, son los ayuntamientos los que establecen los requisitos para colocar la señal.
Lo normal para solicitar un vado permanente al ayuntamiento para que dé la autorización pertinente es presentar la siguiente documentación: una copia del DNI del propietario, otra copia del título de propiedad del inmueble, además de una descripción de la necesidad que justifique la solicitud de dicho vado permanente. Luego se pediría un plano de la situación del inmueble y un plano del emplazamiento a escala, según cada municipio.
Habrá que aportar las licencias de obra de primera utilización, la de la habilitación del local para garaje y la de la modificación del uso y/o licencia de actividad. Lo último sería un justificante de pago de la tasa correspondiente, que varía según la localidad.
Otros tipos de vados
Hay muchos tipos de vado, y curiosamente, todos tienen que ver con la circulación de alguna manera. Por ejemplo, los vados peatonales son las superficies inclinadas destinadas a resolver el cambio de nivel entre calzada y la acera y facilitar así el desplazamiento de los peatones, por lo tanto no es lo mismo que un vado de aparcamiento.
Existe también el vado sanitario, que hace referencia al pasillo por el que circulan las personas y los animales para desinfectarse. Y, por último, contaríamos con el vado de un río, que es la parte de un río con el fondo liso sobre el que puede circular cualquier coche. Igualmente, no tiene nada que ver con el aparcamiento de vehículos, aunque sí con la circulación.