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Buenas noticias de Hacienda: está perdonando todas estas deudas

Tener deudas con Hacienda es evitable si las cantidades entran dentro de los rangos en los que la Agencia Tributaria las perdona

por H.Crespo
29 de enero de 2025
en Economía
Hacienda

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Las deudas con Hacienda traen a muchas personas dolores de cabeza. El hecho de no cumplir con el fisco puede ser motivo de multas y sanciones o de tener que pagar después las cantidades con recargo. 

Pocas son las personas que tienen la obligación de cumplir con Hacienda y se pueden evadir, a no ser que cometan fraude fiscal o blanqueo de capitales, pero esto puede ser muy perseguido y penado por el fisco. Además de que Hacienda ha perdonado en 2024 el segundo pago de la declaración de la Renta a quienes han sido afectados/as por el desastre natural de la DANA en Valencia, hay otros supuestos en los que el fisco perdona las deudas y los vamos a ver.

Estas son las deudas que perdona Hacienda

Lo primero que debemos saber es el motivo por el que Hacienda perdona las deudas. Lo hace con algunas cantidades que no son rentables a la hora de cobrarse para el Estado, según se recoge en la orden HAC/2816/2002.

Hacienda deja claro que perdona estas deudas para «evitar determinadas actuaciones recaudatorias que presupongan un nulo provecho para el erario público o para el cumplimiento de los fines encomendados a los poderes públicos y que a la vez generan un coste superior al ingreso que de las mismas pudiera derivarse«.

En estos casos las deudas «serán anuladas y dadas de baja en cuentas aquellas deudas gestionadas por la Agencia Estatal de Administración Tributaria» cuando se cumplan unos requisitos. 

Las cantidades pequeñas que perdona Hacienda

Lo que acabamos de comentar está recogido en el BOE y expresado en la Resolución de 10 de noviembre de 2022. A través de este documento Hacienda establece que todas aquellas deudas inferiores a tres euros y que estén pendientes de cobro antes del 1 de junio de 2022, se anularán de forma automática. 

Se refiere a las deudas que sean inferiores a tres euros, a seis euros o a todas aquellas que superen los 10.000, a través de la Ley de la Segunda Oportunidad en el segundo caso, que después veremos. Para ello se tienen que cumplir estos requisitos:  

  • Que se trate de recursos de derecho público de la Hacienda Pública Estatal.
  • Que sean deudas en período ejecutivo.
  • Que el importe de la liquidación inicial no exceda de 6 euros.

Esta cantidad de seis euros es la «cuantía que se estima insuficiente para la cobertura del coste de exacción y recaudación» según determina el Estado. 

Se añade con respecto a este tipo de deudas por parte de Hacienda que «se podrá acordar la anulación y baja en contabilidad de todas aquellas liquidaciones correspondientes a recursos de derecho público de la Hacienda Pública de las que resulte una deuda pendiente de recaudar por importe inferior a tres euros, siempre que reúnan los requisitos que previamente se determinen en la citada Resolución«.

La Ley de la Segunda Oportunidad

Por otro lado y en un contexto y con unas cuantías muy distintas, Hacienda también perdona deudas elevadas por otro motivos. Lo hace a través de la Ley de Segunda Oportunidad (LSO) que  entró en vigor con la Ley 25/2015.

Esta tiene como objetivo ayudar a aquellas personas que no pueden hacer frente a sus deudas con Hacienda y se encuentran en una situación de insolvencia. En este caso se perdonan, muy al contrario que en el anterior, deudas superiores a 10.000 euros. Con esta oportunidad Hacienda pretende apoyar a quienes han perdido dinero en negocios o han quebrado con sus emprendimientos o pymes. No obstante, para poder acceder a que Hacienda perdona estas deudas hay que cumplir estos requisitos: 

  • Quien lo solicita debe ser residente legal en España.
  • Es necesario tener deudas con al menos dos acreedores diferentes.
  • Se debe carecer de capacidad económica suficiente para saldar las deudas.
  • Que la persona endeudada no haya sido condenada por delitos económicos.
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