Hay quienes cada vez que ven su nómina se preguntan cómo siguen llegando a final de mes. Esto sucede porque la inflación no deja de subir y el IPC (Índice de Precios de Consumo) es el que debe marcar la subida de los sueldos. Según datos del Instituto Nacional de Estadísticas (INE), la inflación anual estimada del IPC en enero de 2025 fue del 3,0%.
Un dato que indica que los precios no dejan de subir en nuestro país, mientras que algunos salarios se mantienen igual. No obstante, un sector de la población va a llevarse una sorpresa positiva en su próxima nómina.
El SMI y su nómina en 2025
El SMI (Salario Mínimo Interprofesional) en palabras del Gobierno es “la cuantía retributiva mínima que percibe el trabajador referida a la jornada legal de trabajo. Lo regula el Gobierno anualmente, previa consulta con las organizaciones sindicales y las asociaciones empresariales más representativas. En el salario mínimo se computa únicamente la retribución en dinero. Este salario se entiende referido a la jornada legal de trabajo en cada actividad. Si se realizase jornada inferior se percibirá a prorrata”.
A este respecto y a través de la página web oficial de La Moncloa, el Gobierno ha anunciado a mediados del mes de febrero que “el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2025 se sitúa en 16.576 euros anuales distribuidos en 14 pagas de 1.184 euros, con lo que acumula un incremento del 61% desde el año 2018. Unos 2,4 millones de trabajadores se beneficiarán de esta medida”.
Esto significa que todas aquellas personas que cobren este salario y estén en profesiones y sectores laborales que estén reguladas por convenio para cobrar el SMI, verán una subida en su nómina.
La absorción de complementos salariales
No obstante, hay que tener en cuenta que el SMI no es siempre como se dicta desde Moncloa a la hora de reflejarse en la nómina. Lo que puede ocurrir es que se den absorciones de complementos salariales y compensaciones. En estos casos, puede que quienes cobran el SMI no cobren exactamente lo que sería la subida del SMI reflejada en su nómina.
De esta manera el incremento del sueldo puede ser absorbido por estas razones. No obstante y ante estas prácticas, lo que detalla el artículo 26.5 del Estatuto de los Trabajadores es que las empresas pueden aplicarlas cuando “los salarios realmente abonados, en su conjunto y cómputo anual, sean más favorables para los trabajadores que los fijados en el orden normativo o convencional de referencia”.
Si esto se diera, quienes cobran el SMI verían realmente un sueldo percibido más cercano a lo que marca la nómina. Sin embargo, hay que ver cómo se va a desarrollar este punto en cada caso.
El SMI ha subido más de un 60% en 6 años
No obstante y pese a las indicaciones de lo que puede ocurrir con la nómina de quienes cobran el SMI, cabe destacar que el salario mínimo se ha incrementado más de un 60% en los últimos seis años. Una noticia que puede ser bastante halagüeña, teniendo en cuenta que se han cumplido el hecho de que haya ido aumentando según las subidas del IPC.
Las Comunidades Autónomas que más se han visto beneficiadas por la subida en las nóminas de quienes cobran el salario mínimo son Madrid, Cataluña, Valencia y Andalucía.
Por otro lado, la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, destaca que esta medida en la nómina ha beneficiado especialmente a las mujeres, ya que estas representan más del 65% de quienes cobran el SMI. Una buena noticia que se ha ido reflejando en su nómina durante los últimos años y que, según las bases establecidas, seguirá haciéndose siempre y cuando siga aumentando el IPC.
