El bono social térmico es una ayuda del Estado para poder calentar las casas en invierno. Según las propias palabras con las que la Comunidad de Madrid explica el fin de esta ayuda “es un descuento sobre la factura eléctrica al que tienen derecho los consumidores que se encuentran en las tarifas de Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC) y que cumplan con los requisitos de consumidores vulnerables, vulnerables severos y de exclusión social”.
Vamos a ver cuáles son las cuantías en cada caso y los requisitos para poder acceder al bono social térmico, ya que para cada tipo de consumidor/a son distintos.
Consumidor vulnerable: requisitos
Para el consumidor vulnerable, los requisitos que permiten acceder al bono social térmico son las siguientes:
- La renta conjunta anual de la unidad de convivencia a que pertenezca debe ser igual o inferior a 2 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) de 14 pagas y superior a 1,5 veces el IPREM de 14 pagas. Esta referencia al IPREM se verá incrementada en 0,3 por cada adulto de la unidad de convivencia y en 0,5 por cada menor.
- Es obligatorio estar en posesión del título de familia numerosa.
- Se debe ser receptor del Salario Mínimo Vital.
- Debe cumplirse que el propio consumidor y los miembros de la misma que tengan ingresos, sean pensionistas del Sistema de la Seguridad Social por jubilación o incapacidad permanente, percibiendo la cuantía mínima vigente en cada momento para dichas clases de pensión, y no perciban otros ingresos superiores a 500 euros anuales.
Requisitos para acceder al bono social térmico
Una vez que hemos visto cuáles son los requisitos que permiten acceder al bono social térmico a los consumidores vulnerables en general, vamos a centrarnos en dos grupos que lo son aún más. Estos son los requisitos para los consumidores vulnerables severos:
- La renta anual debe ser inferior o igual al 50% de los umbrales establecidos para ser considerados consumidores vulnerables.
- Que el consumidor, y, en su caso, la unidad familiar, tengan una renta anual inferior o igual a 1 vez el IPREM a 14 pagas, en el caso de pensionistas del Sistema de la Seguridad Social “por jubilación o incapacidad permanente, percibiendo la cuantía mínima vigente en cada momento para dichas clases de pensión, y no perciban otros ingresos”.
- Que el consumidor, y, en su caso, la unidad familiar, tengan una renta anual inferior o igual a 2 veces el IPREM a 14 pagas, en el caso de familia numerosa.
En los casos de los consumidores en riesgo de exclusión social, la Comunidad de Madrid detalla en su página web que “son aquellos considerados como consumidores vulnerables severos que están siendo atendidos por los servicios sociales de una Administración autonómica o local que financie como mínimo el 50 % del importe de su factura”.
El bono social térmico: cuantías en cada caso
El bono social término cuenta como hemos dicho, con diferentes cuantías y según como sea la economía de una familia, las normas son más laxas, hasta el punto de no poder cortar la luz a quienes están en riesgo de exclusión social. Estos descuentos serán de momento hasta el 31 de diciembre de 2025.
Según las palabras oficiales de la web de la Comunidad de Madrid “entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2025, el descuento será del 50% para los consumidores vulnerables y del 65% para los vulnerables severos. Entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2025, será del 42,5% para el consumidor vulnerable y del 57,5% para el vulnerable severo.
Además, si el consumidor está declarado como vulnerable severo y está siendo atendido por los servicios sociales de una administración autonómica o local, que paguen al menos el 50% de su factura, será considerado consumidor en riesgo de exclusión social y no se le podrá interrumpir el servicio”. La noticia del bono social térmico llega a los hogares en los momentos más fríos del año.
